Prequntas Frecuentes

EnglishArmenian | Chinese (Simplified) | Chinese (Traditional) | Hindi | Hmong | Khmer | Korean | Lao | Punjabi | Russian | Spanish | Tagalog | Thai | Vietnamese

Estas son las respuestas a las preguntas que CalVCB recibe con más frecuencia.

¿Necesita una respuesta que no encuentra aquí? Contáctenos al 800-777-9229 o en el correo electrónico info@victims.ca.gov.

En esta página:


Elegibilidad

¿Quién es elegible?

Para ser elegible para recibir una compensación, la víctima debe ser:

  • Un residente de California en el momento del delito
  • Un no residente victimizado en California

El delito debe involucrar:

  • Lesión física,
  • Amenaza de lesión física,
  • Muerte
  • Daño emocional, para ciertos delitos

La víctima debe:

  • Cooperar con la policía y los funcionarios judiciales para arrestar y procesar al delincuente. Pueden aplicarse excepciones en caso de delitos relacionados con violencia doméstica, trata de personas o agresión sexual.
  • Cooperar con el personal de CalVCB.
  • No haber estado involucrada en los eventos que condujeron al delito.
  • No haber cometido un delito grave en el momento del crimen. • Presentar la solicitud dentro de los plazos establecidos. Las víctimas pueden presentar una solicitud dentro de los siete años posteriores al delito, o siete años después de que la víctima supo o descubrió que una lesión o muerte ocurrió a causa del delito. Una víctima de 21 años o menos tiene hasta su cumpleaños número 28 para presentar la solicitud.

Vea los requisitos de eligibilidad completos en Quién es eligible.

¿Cuándo no emitirá un pago CalVCB?

CalVCB no emitirá pagos si:

  • La solicitud de compensación no está aprobada.
  • El solicitante no presentó la solicitud dentro de los plazos establecidos.
  • Se presenta una factura sin la documentación adecuada.
  • El gasto no está cubierto por el programa.
  • El costo es mayor que los límites de pago del programa.
  • No se han utilizado otras posibles fuentes de reembolso.
  • El proveedor de servicios solicita pagos directamente, pero no está registrado con CalVCB.

CalVCB no puede emitir pagos mientras una víctima esté:

  • En una institución correccional.
  • En libertad condicional, libertad vigilada o supervisión comunitaria posterior a la liberación por un delito grave violento.
  • Obligada a registrarse como delincuente sexual.

Esto no hace que una persona sea inelegible, pero detiene el pago durante el periodo previamente mencionado.

¿Qué delitos cubre CalVCB?

Los delitos cubiertos por CalVCB incluyen, pero no se limitan a:

  • Agresión con arma mortal
  • Violencia
  • Secuestro de menores
  • Abuso infantil
  • Abandono infantil o poner en peligro a un menor
  • Abuso sexual infantil
  • Amenazas criminales
  • Violencia doméstica
  • Conducir bajo los efectos del alcohol
  • Maltrato a personas mayores
  • Crímenes de odio
  • Choque y fuga
  • Homicidio
  • Trata de personas
  • Secuestro
  • Asesinato
  • Negligencia
  • Violación
  • Robo
  • Agresión sexual
  • Violencia sexual
  • Acoso, en línea o en persona
  • Homicidio vehicular
  • Otros delitos que resulten en lesiones físicas o amenaza de lesiones físicas a la víctima

¿Qué pasa si el delito ocurrió fuera de California?

La víctima debe solicitar una compensación para víctimas en el estado donde ocurrió el delito, además de presentar una solicitud ante CalVCB. CalVCB verificará la solicitud de fuera del estado. Si los gastos de la víctima no están cubiertos por ese programa, CalVCB podría ayudar.

See this list of state compensation programs.

¿Qué pasa si necesito ayuda financiera de inmediato?

Puede solicitar ayuda de emergencia en determinadas situaciones. CalVCB puede aprobar ayuda inmediata según el nivel de dificultad y necesidad. Anote esta necesidad en su solicitud en la sección de ayuda de emergencia y presente las facturas correspondientes junto con su solicitud.

Gastos

¿Qué gastos son elegibles para reembolso?

  • Funeral y entierro
  • Tratamiento médico y dental
  • Tratamiento o asesoramiento de salud mental
  • Asesoramiento de salud mental para menores que presencian un crimen violento
  • Costos de kilometraje de ida y vuelta a citas médicas, dentales o de salud mental
  • Honorarios veterinarios o costos de reemplazo para un perro guía, señal o de servicio
  • Pérdida de ingresos hasta por 30 días para el padre, madre o tutor legal de una víctima menor de edad que es hospitalizada o fallece
  • Pérdida de ingresos si la víctima quedó discapacitada como resultado directo del delito. Las víctimas pueden recibir este beneficio hasta por cinco años después de la fecha en que ocurrió el delito. Si la víctima quedó permanentemente discapacitada, la pérdida de ingresos puede ser aprobada por más de cinco años
  • Pérdida de apoyo para dependientes de una víctima que queda discapacitada o muere como resultado directo del delito
  • Pérdida de ingresos por hasta dos años, si el delito es trata de personas
  • Recapacitación laboral
  • Reubicación
  • Instalación o mejora de seguridad residencial
  • Modificaciones en el hogar o vehículo para una víctima que quedó permanentemente discapacitada
  • Limpieza de escenas del crimen

¿Qué gastos no son elegibles para reembolso?

Algunos gastos no son pagados por CalVCB. Los ejemplos incluyen daños a la propiedad, costos judiciales y honorarios legales. CalVCB may also not cover other expenses related to the crime.

CalVCB also doesn’t cover expenses sent to us more than 7 years after they were incurred. There are some exceptions to this rule.

CalVCB also cannot pay expenses incurred while a person is:

  • On parole, probation, or post-release community supervision for a violent felony
  • Incarcerated
  • Required to register as a sex offender 

This does not make a person ineligible, but it does stop payment for expenses incurred during the period above.

¿Cuáles son los límites de compensación?

Lo que CalVCB puede pagar presenta límites.

El máximo que CalVCB puede pagar por solicitud aprobada es de $70,000. (Para solicitudes presentadas entre 2001 y 2017, el máximo que CalVCB puede pagar es de $63,000).

Existen límites en lo que CalVCB puede pagar por algunos servicios. Consulte la Guía de Referencia de Beneficios de Compensación para obtener una lista completa.

If you are not the direct victim of a crime, but affected by it, there are limits to what services CalVCB will pay for.

Finally, CalVCB is a payor of last resort. This means CalVCB only pays for expenses that aren’t reimbursed by any other source.

¿Qué pasa si recibo reembolsos de otras fuentes?

Por ley, CalVCB solo puede pagar facturas que no estén cubiertas por otras fuentes. Estas otras fuentes incluyen:

  • Seguro médico, dental o de visión
  • Programas de beneficio público como Medi-Cal, seguro de desempleo o beneficios por discapacidad
  • Seguro privado (automóvil, hogar o vida)
  • Beneficios de compensación para trabajadores
  • Restitución ordenada por el tribunal
  • Recuperaciones de demandas civiles
  • Beneficios del empleador

Los solicitantes son responsables de informar a CalVCB sobre todas las posibles fuentes de reembolso. Si un solicitante recibe un pago posterior de estas fuentes, el solicitante debe devolver a CalVCB lo recibido.

El dinero de financiación colectiva (por ejemplo, GoFundMe) no se considera una fuente de reembolso, pero CalVCB no puede pagar por gastos que ya fueron pagados con donaciones de financiación colectiva.

¿Tengo que devolver a CalVCB lo recibido si otra fuente paga?

Sí. CalVCB solo puede pagar a las víctimas por gastos que no tengan otra posible fuente de reembolso. CalVCB tiene el derecho a ser reembolsado si otra fuente se vuelve disponible después de que se hayan realizado los pagos.

Cómo realizar la solicitud

¿Cómo solicito una compensación?

Puede presentar la solicitud en línea, mediante un formulario en papel o con la ayuda de un defensor.

¿Cuáles son los plazos para presentar una solicitud?

Los plazos para presentar una solicitud son:

  • Dentro de los siete años posteriores al delito
  • Siete años después de que la víctima menor cumpla 21 años
  • Siete años desde que la víctima supo o pudo haber descubierto que una lesión o muerte ocurrió como resultado directo del delito

Algunas solicitudes presentadas después de esta fecha podrán ser consideradas. Presente un Formulario de Consideración Tardía si ese es el caso. El plazo de presentación puede extenderse si existe una causa justificada. Esto incluye:

  • Una recomendación del fiscal. Debe indicar que la víctima cooperó en el arresto y procesamiento del delincuente.
  • Los eventos durante el procesamiento o castigo del delincuente ocasionaron más pérdidas para la víctima.
  • La naturaleza del delito es tal que la denuncia tardía del mismo es razonable y excusable.

Los miembros de la familia afectados por el mismo delito también pueden presentar una solicitud. Pueden ser aprobados después de que CalVCB apruebe la solicitud de una víctima.

Apelaciones

¿Tengo derecho a apelar?

Usted tiene derecho a apelar si CalVCB deniega una solicitud o el pago de un gasto. Debe presentar la apelación dentro de los 45 días a partir de la fecha en que el Consejo envió por correo el aviso para denegar la solicitud o el gasto.

Si proporciona nueva información, CalVCB puede reconsiderar la denegación. Si los problemas en la apelación no pueden ser superados, CalVCB le enviará una carta oficial que incluya sus opciones. Esto incluye solicitar una audiencia. CalVCB no celebra audiencias sobre denegaciones de indemnizaciones de emergencia.

Si no está de acuerdo con la decisión final del Consejo, puede presentar una Petición de Mandato Judicial (Petition for a Writ of Mandate) en el Tribunal Superior de California.

¿Cómo presento una apelación?

Puede utilizar el formulario de apelación de CalVCB o escribir una carta. Explique por qué CalVCB debería aprobar la solicitud o el gasto. Incluya cualquier documentación de respaldo. Luego firme, feche y envíe el formulario o carta a:

CalVCB
Attn: Appeals
P.O. Box 350 Sacramento, CA 95812-0350

¿Cómo funciona el proceso de apelación?

CalVCB revisará toda la información en su expediente. Si los problemas en la apelación no pueden ser superados, CalVCB le enviará la recomendación del Oficial de Audiencias. Esto le informará por escrito sobre sus opciones de audiencia.

  • Si elige una audiencia oral, puede seleccionar comparecer a través de lo siguiente:
    • Video o teléfono a través de Zoom
    • En persona en Sacramento
  • CalVCB le informará por escrito sobre el día y la hora de su audiencia, y las instrucciones sobre cómo presentarse.
  • Si desea una fecha de audiencia diferente, debe comunicarse con CalVCB por escrito y proporcionar un motivo para el cambio. Debe demostrar una causa justificada para cambiar la fecha de la audiencia.
  • Si elige enviar más documentos:
    • Tendrá 30 días para enviar materiales que demuestren por qué CalVCB debería aprobar la solicitud o el gasto.
    • No necesita volver a enviar documentos que ya haya proporcionado. El Consejo considerará todos los documentos en su expediente y le enviará una decisión final por escrito.
  • Si elige no hacer nada:
    • La recomendación del Oficial de Audiencia será adoptada por el Consejo como decisión final.
Exit site